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Información para las oficinas de farmacia

La farmacia que desee efectuar la actividad de venta a distancia, deberá realizar una comunicación a las autoridades competentes de su comunidad autónoma, al menos 15 días antes del inicio de dicha actividad. La farmacia, a través de los sitios web específicos de las comunidades autónomas podrá acceder a la aplicación electrónica diseñada para gestionar estas comunicaciones y cumplimentar al formulario de notificación, aportando la siguiente información:

  • Nombre y apellidos del farmacéutico o farmacéuticos titulares o, en su caso, del farmacéutico regente, y dirección de la farmacia desde la que se dispensarán dichos medicamentos no sujetos a prescripción.

  • Fecha de comienzo de las actividades de oferta al público de medicamentos por venta a distancia a través de la página web.

  • Dirección del sitio web utilizado para este fin, que deberá cumplir con lo establecido en los artículos 6 y 8 y con el resto de normativa aplicable, así como toda la información necesaria para identificar dicho sitio.

  • Información sobre los procedimientos de envío de los medicamentos al público.

  • Declaración del/ de los responsable/s de sitios web que realizan venta a distancia al público de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica Pulse aquí

Para realizar la comunicación previa de la actividad es indispensable estar en posesión de un certificado Digital Clase 2 CA para personas físicas.

Una vez que realice la correspondiente notificación se recibirán las credenciales de acceso (usuario y contraseña) con los que podrá acceder a la aplicación y consultar el estado del expediente así como notificar una modificación de los datos o bien el cese de la actividad.

Una vez que la comunicación haya sido aceptada por la autoridad competente, la farmacia podrá acceder a la aplicación para descargar el logotipo común el cual deberá ser insertado, de manera que esté claramente visible, en cada una de las páginas del sitio web que realice la venta a distancia de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica

Asimismo, la farmacia deberá poner en conocimiento de la autoridad competente de la comunidad autónoma donde esté ubicada cualquier modificación en los datos incluidos en la notificación así como el cese de esta actividad, al menos 15 días antes de llevar a efecto la misma

Preguntas y respuestas para las farmacias sobre venta a distancia de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.

Manual para farmacias para notificar la actividad de venta a distancia de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.

Para cualquier duda que pueda surgir durante las comunicaciones existe en la aplicación, en el pie de pantalla de inicio de cada comunidad autónoma, un teléfono y correo de contacto.